BUSCAR ASESORAMIENTO
Aunque puede sonar repetitivo es básico buscar a un buen asesor tanto fiscal como mercantil, que nos pueda aconsejar sobre si es mejor trabajar como autónomos o constituir una sociedad mercantil, el tipo de sociedad que es mejor que constituyamos, el coste que implica y cuánto tiempo se tarda en hacerla.
SOLICITAR LA DENOMINACIÓN SOCIAL
Es el primer paso para constituir una sociedad mercantil, acudir al Registro Mercantil y solicitar un certificado negativo de la denominación social. Así, podemos saber si el nombre que queremos para nuestra sociedad ya ha sido utilizado. Lo recomendable es solicitar por lo menos 3 razones sociales distintas, para no perder tiempo si la primera está ya ocupada.
CREAR UNA CUENTA A NOMBRE DE LA SOCIEDAD
El segundo paso a la hora de crear la sociedad es crear una cuenta bancaria y que el banco emita un certificado. Debemos cotejar según los casos si es necesario depositar el capital mínimo dependiente de cada tipo de sociedad.
ELABORAR LOS ESTATUTOS SOCIALES
Los estatutos sociales son las normas básicas que van a regir la sociedad y contienen aspectos como: la denominación social, el domicilio social, el número CIF, el capital social, los socios iniciales, la forma de administración (Consejo de administración, administrador único, administradores solidarios o mancomunados etc.), objeto social, régimen de transmisión de las acciones o participaciones etc.
HACER UN PACTO DE SOCIOS
El pacto de socios es un documento que se formaliza por parte de los socios y que no consta en la escritura de constitución ni en los estatutos. Se trata de regular la participación de cada uno, lo que aporta a la sociedad, la forma de remuneración de cada uno, las especialidades en caso de transmisión de las acciones o participaciones etc.
OTROGAR LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD
Una vez que hayamos realizado todas las tareas anteriores podremos acudir al Notario para firmar la escritura de constitución. Antes de eso deberemos asegurarnos con la Notaría que otorgue la escritura si tienen toda la documentación necesaria o falta algún documento. En cuanto al Notario, de forma previa también podemos consultarle todas las dudas que tengamos y averiguar el coste de la escritura de constitución de la sociedad.
LIQUIDAR EL IMPUESTO DE AJD E INSCRIBIR LA SOCIEDAD EN EL REGISTRO MERCANTIL
El siguiente paso va a ser realizar la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Consejería de Hacienda que corresponda a la Comunidad Autónoma de que se trate.
Finalmente inscribiremos la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia donde se haya fijado el domicilio social. Una vez inscrita la sociedad podemos retirar el NIF definitivo en el plazo de 6 meses. Debemos tener en cuenta que la sociedad no adquiere personalidad jurídica hasta que no esté registrada.